Que el Ministerio de Defensa y el de la Comunidad de Madrid suscribieron, con fecha 21 de junio de 2021, un convenio en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación y de la optimización de los recursos sanitarios. Segundo.. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. - Centros de Soporte Territorial. Las personas trabajadoras que presten servicios en los Centros de Soporte Territorial en la fecha de entrada en vigor de este Convenio les resultará de aplicación el horario recogido en el artículo 22.8.C. de la siguiente forma: Horario a turnos de lunes a viernes sujeto a.

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Ministerio de Defensa. 2) DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre Orden delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración, muy esperada por deter-minados órganos gestores para así facilitar la gestión. 3) orden, fue ampliada por lo dispuesto en la disposición Dicha. Ministerio de Defensa. Todos los derechos están reservados y por tanto su contenido pertenece únicamente al Ministerio de Defensa. El acceso a dicho boletín no supondrá en forma alguna, licencia para su reproducción y/o distribución, y que, en todo caso, estará prohibida salvo previo y expreso consentimiento del Ministerio de Defensa. 2.